Discurso correspondiente a una causa en la que hay por medio una confiscación por parte del Estado. Se trata, concretamente, de una reclamación realizada por un tercero sobre los bienes confiscados, en concepto de una deuda contraída con anterioridad. No hay, por tanto, perseguidor y perseguido, sino dos partes que en términos de igualdad esperan la adjudicación de unos bienes cuya propiedad está en disputa.
Los hechos parecen haber sido como sigue: el abuelo del demandante prestó dos talentos a un tal Eratón, un comerciante que fue pagando los intereses hasta que murió, dejando tres hijos (Eratón, Erasifonte y Erasístrato) que no pagaron la deuda. Pasada la guerra, el padre del demandante logra la condena de Erasístrato (en 401/400 aC), único de los hermanos que reside en el Ática. Entre tanto, el Estado ha confiscado la totalidad de los bienes de Eratón (padre), sin que se nos diga por qué motivo. El demandante está en litigio por otras propiedades con la familia de Erasifonte, y el litigio no le va bien ya que el juicio se ha sobreseído por incompetencia del tribunal. Esta causa tendría lugar en el 398 o 397 aC.
El discurso es muy conciso, y se compone de un brevísimo exordio con el tópico de la incapacidad para hablar, seguido de una narración imbricada con la argumentación. Ofrece pocas oportunidades para el lucimiento retórico.
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